El paradigma laboral ha cambiado. Si eres programador freelance, diseñador, creador de contenido o gestionas un e-commerce, es altamente probable que tus clientes estén repartidos por todo el mundo. Pero a nivel contable, cruzar una frontera digital lo cambia absolutamente todo. ¿Tengo que cobrarles el 21% de IVA? ¿Qué es el modelo 349? Te traemos la guía definitiva de fiscalidad internacional para autónomos.

Facturar a clientes extranjeros se divide en tres grandes bloques dependiendo de dónde resida el cliente y de si es una empresa (B2B) o un particular (B2C).

1. Operaciones Intracomunitarias (Facturar dentro de Europa)

Si vas a emitir una factura a una empresa o profesional de Francia, Alemania, Italia o cualquier país de la Unión Europea, estás ante lo que Hacienda denomina una «operación intracomunitaria».

  • El Registro ROI: Antes de emitir tu primera factura europea, debes darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) mediante el modelo 036. Hacienda revisará tu solicitud y, si la aprueba, te otorgará un NIF-IVA (tu NIF precedido de «ES»).
  • Inversión del Sujeto Pasivo (Sin IVA): Si tanto tú como tu cliente estáis inscritos en el censo europeo VIES, la factura se emite sin IVA. Debes incluir en la factura la coletilla: «Operación exenta de IVA por aplicación del mecanismo de inversión del sujeto pasivo».
  • El Modelo 349: Aunque no hayas cobrado IVA, estás obligado a presentar un modelo informativo trimestral (el 349) donde le chivas a Hacienda cuánto dinero has facturado a qué NIFs europeos.

2. Facturar a particulares europeos (Ventanilla Única / OSS)

Si tu cliente europeo no es una empresa, sino un consumidor final (particular), la regla general dice que sí debes aplicarle el IVA español. Sin embargo, hay una excepción crítica: la venta de servicios prestados por vía electrónica (cursos online automatizados, software, ebooks, suscripciones a plataformas).

En estos casos, debes cobrarle al cliente el IVA del país donde él reside (por ejemplo, un 19% si es alemán). Para no tener que darte de alta en la Hacienda de cada país, existe un sistema simplificado llamado Ventanilla Única (OSS – One Stop Shop), que centraliza el pago de estos IVAs europeos.

3. Exportaciones (Fuera de la Unión Europea: EEUU, UK, Latam)

Si trabajas para una agencia de Nueva York o un cliente en Londres (post-Brexit), estás realizando una exportación de servicios. Es el escenario más sencillo:

Estas facturas se emiten siempre SIN IVA. Simplemente debes añadir una nota legal en la base de la factura que indique: «Factura exenta de IVA de acuerdo a las reglas de localización de los artículos 69 y 70 de la Ley del IVA».

4. El problema del cambio de divisa (USD a EUR)

Si tu cliente estadounidense te paga en Dólares, tu factura debe reflejar el importe en Euros para poder declararla a Hacienda. La ley exige que apliques el tipo de cambio oficial del Banco de España correspondiente al día en que se realizó la operación. Es fundamental dejar constancia del tipo de cambio aplicado en la propia factura para evitar descuadres en los trimestres.


El error del IRPF Internacional

Nunca apliques retenciones de IRPF en facturas dirigidas a empresas extranjeras. El IRPF es un impuesto puramente español; una empresa americana o francesa no puede actuar como recaudadora de la Hacienda española ni ingresar ese dinero por ti.

La fiscalidad internacional, especialmente si cobras a través de pasarelas como Stripe, PayPal o recibes ingresos variables de Twitch y YouTube, exige una cuadratura contable perfecta. Somos especialistas en asesoría fiscal para negocios digitales y expatriados. Delegar este proceso es invertir en tu tranquilidad.